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Las leyes en el Perú comenzó a numerarse en 1904.

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  Antes solo llevaban fechas y había que diferenciarlas solo por su contenido. A partir de 1904 se comenzaron a numerar las leyes y las resoluciones legislativas. Aquí la ley número 1 que precisamente ordena se numere:   Ley No. 1. Numeración de las leyes y Resoluciones legislativas.   EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA       Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:     El Congreso de la República Peruana Considerando:     Que la numeración de las leyes facilita su conocimiento y sirve para precisar su antigüedad y las citas y referencias que de ellas se hace;    Ha dado la ley siguiente.     Art. 1º.- El Poder Ejecutivo fijará á las leyes y resoluciones legislativas, el número cardinal que les corresponda, según el orden en que las promulgue.     Art. 2º.- La numeración comenzará con la presente ley.    Art. 3º.- A las leyes y resoluciones ...

Manuscrito de Huáñec -Yauyos: Iglesia de Huáñec es refaccionada por orden del virrey Abascal.

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  Para solicitar se refaccione la iglesia de Huáñec, con intervención del Sub Delegado de Yauyos, los pobladores huañinos, recurren hasta el Virrey para conseguir la ayuda. El Memorial presentan al Sub Delegado de Yauyos, quien lo deriva al Procurador de Indios Naturales del Virreinato y este dando un informe favorable lo eleva al Virrey Fernando de Abascal quien ocupaba ese cargo en la fecha. Finalmente el 14 de marzo de 1811 el virrey Fernando de Abascal ordena al Sub Delegado  se refaccione el templo de Huáñec con gastos de la sub delegación de Yauyos, que manejaba el dinero de los impuestos, en la Caja Real de la provincia.  TÍTULO DEL MANUSCRITO: “Expediente que sigue la comunidad de indios del pueblo de San Cristóbal de Huáñec del Partido de Yauyos, sobre fábrica de Iglesia”. Setiembre 15 de 1811. 16 ff. Útiles y 1 carátula. LOS CIUDADANOS HUAÑINOS QUE TRAMITARON ESTA ORDEN: Rafael Sanabria, Manuel Gamboa, Manuel Resurrección, Pablo de la Cruz Chamil...

Pobladores del repartimiento de Yauyos declaran (Juran) asumir el pago tributos de indios, 1596.

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  Terminada la conquista y establecido ya el virreinato, los pobladores de los repartimientos de Yauyos, por imposición del nuevo régimen colonial, son obligados a asumir el pago de tributos de indígenas. Asumen el pago por repartimiento primero, más tarde continuó como corregimiento. Así hicieron también en el repartimiento de Mancos y Laraos y en los otros repartimientos que existían en la provincia de Yauyos conformada por el:  Hanan Yauyos o actual provincia de Yauyos y Hurin Yauyos o actual provincia de Huarochirí.     Para hacer esta declaración o juramento de pago, tenían que ir hasta la capital Lima que aquí dice Ciudad de los Reyes que fue su nombre de entonces, donde funcionaba la Caja Real de los Yndios. Antes de esto se hacía también el pago pero por el uso de la fuerza, y a partir de ahora sería por el juramento a que fueron obligados hacer, por ser  raza dominada o pueblo conquistado  . TÍTULO DEL MANUSCRITO: “Juro en la Caja Real de ...

Imágenes del último arrendatario colonial de Huáñec por la Hacienda de Cochas: Señor Conde de San Isidro.

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  EL CONDE DE SAN ISIDRO DE ESTE ARTÍCULO ES EL V CONDE DE SAN ISIDRO DON ISIDRO DE CORTÁZAR Y ABARCA (ALCALDE DE LIMA EN 1821). Fue: 1.- Arrendatario de Huáñec por la Hacienda de Cochas: Poder 24 de junio de 1816. 2.- Primer firmante del Acta de la independencia del Perú: 15 de julio de 1821. 3.- Acompañó al General San Martín en la Proclamación de la Independencia del Perú: 28 de julio de 1821. Tres imágenes de la presencia del V Conde de San Isidro: en el poder que da Huáñec a su sacerdote, en la firma del Acta de la Independencia y en la Proclamación de la Independencia. 1.- Poder de la población huañina a su sacerdote Vega Bazán para que cobre arriendos al V Conde de San Isidro fechado el 24 de junio de 1816. 2.- Firma del Acta de la Independencia siendo el primer firmante el Alcalde de Lima el V Conde de San Isidro don Isidro de Cortázar y Abarca.   3.- Proclamación de la Independencia del Perú p...

Transcripción del Acta de la segunda visita de Santo Toribio a Huáñec, setiembre de 1602.

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  TRANSCRIPCIÓN:                                                                                                              f.223v. Desde el pueblo de San Antonio de Pampa Quinchi visitó su Señoría el pueblo de Gua ñeq que está media legua del dicho pueblo Pueblo de Guañeq Tributarios                395     Reservados               131 Viudas y solteras    3 93 Mujeres casadas   2 93 Muchachos               478 Muchachas              481 Que t...

Transcripción del Acta de la inauguración e instalación del distrito de Quinches, Octubre 1909.

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  TRANSCRIPCIÓN:   En el Pueblo de Quinches distrito del mismo nombre, perteneciente a la provincia de Yauyos, del departamento de Lima a los cuatro días de octubre de 1909.     Constituidos en la casa Consistorial, los señores Sub-prefecto Accidental de la provincia don Juan de M. Rueda, Gobernador del distrito don Manuel S. Martínez, Alcalde don Leonardo Ballarta, Juez de Paz José Saravia, Cura Párroco de la Doctrina, doctor Leopoldo Carrión y Casado:   Alcalde del Distrito de Huáñec don Hermenegildo Reyes Carlos, gobernador accidental del mismo don Manuel N. Suyo, síndico de ambos distritos don Pedro N. Saravia, don Manuel Rosa Reyes y don Pedro P. Ricra, Regidor don Dosistio Gonzales y demás ciudadanos que suscriben. El señor Sub-prefecto manifestó el objeto de esta solemne reunión, dando lectura a la Resolución trascriptoria de ley en la que se considera distrito al pueblo de Quinches, siendo su tenor literal el siguiente. “Ley No.781”  ...

Transcripción del Acta de traslado de los primeros pobladores de Huáñec que bajaron a San Joaquín y Cochas, 1866.

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  TRANSCRIPCIÓN: Ante mí el Infrascripcto Juez de Paz y testigos de actuación comparecieron los individuos y principales idoneos, de la parcialidad de Chacuaquín que suscriben de este Distrito de Huáñec y de la Provincia de Yauyos, pidiendo se les haga efectivo sobre protocolización de sus documentos, conferidos en la persona de Don Saturnino Jiménez de la misma ciudad a quien les da   y confiere la Presente Escritura a fin de que como personero proceda con toda responsabilidad , potestad y facultad sobre la materia a que se refiere el presente recurso en forma para la elevación de los documentos auténticos al protocolo de la Provincia de Yauyos; por mandado del Señor Juez de Primera Ynstancia, a falta de Escribano Público y previa solicitud de los testimonios correspondiente con arreglos a la ley: hago lo cual los acepten les otorgue con sus bienes al cumplimiento de sus conferencias: y cumplidos sus determinaciones prescinda los testimonios a los interesados para su pronta...